Documentos Etnohistóricos                                                                                   Juan José Nieto

Documento 206

Zaragoza, 1756, agosto, 10

El contador de la renta de salinas pide consejo para solucionar la confusión que

ha habido en las medidas de sal de Benasque y Peralta.

Temática:

Procesos económicos tradicionales: salinas, comercio

Bienes muebles: medidas

 

Localización: Archivo General de Simancas, Dirección General de Rentas,

legajo 2284.

Toponimia: Ribagorza

Observaciones:

 

Zaragoza 10 de agosto de 1756

El contador de la renta al señor don Juan Francisco Osorio.

Expone varias dudas que se le ofrecen sobre la liquidación de las cuentas de don Domingo Garay, administrador que fue del alfoli de Benasque y diferencias de las medidas de él, y los de la salina de Peralta.

 

 

Vuestra Merced de los Señores al administrador general de Aragón, para que respecto de la buena fee con que ha procedido el difunto don Domingo de Garay, y el de la salina de Peralta en las remesas echas a estte alfoli, se fenecerán las quentas, aplicando a la Real Hazienda las 95 fanegas y 1 almud entregadas de mas por los herederos de Garay y abonando al Administrador de la salina de Peralta, la falta que por el exceso de medida en la sal remitida a Benasque le haia resultado.

Y responder al contador que haviendo echo presente a los Señores su carta y dudas sobre la liquidación de estas quentas han resuelto lo dicho como entendera de officio por medio del Administrador General.

Fecho todo en 21 dicho

 

Zaragoza 10 de agosto de 1756

 

El contador de la renta al señor don Juan Francisco Osorio.

 

Expone varias dudas que se le ofrecen sobre la liquidación de las cuentas de don Domingo Garay, administrador que fue del alfoli de Benasque y diferencias de las medidas de él, y los de la salina de Peralta.

 

 

Vuestra Merced de los señores al administrador general de Aragon, para que respecto de la buena fee con que ha procedido el difunto don Domingo de Garay, y el de la salina de Peralta en las remesas echas a estte alfoli, se feneceran las quentas, aplicando a la Real Hazienda las 95 fanegas y 1 almud entregadas de mas por los herederos de Garay y abonando al Administrador de la salina de Peralta, la falta que por el exceso de medida en la sal remitida a Benasque le haia resultado.

Y responder al contador que haviendo echo presente a los Señores su carta y dudas sobre la liquidación de estas quentas han resuelto lo dicho como entendera de officio por medio del Administrador General.

Fecho todo en 21 dicho

 

Muy Señor mio me veo precisado por mi conciencia y por mi empleo, a consultar con VM el caso que aquí sucede y hago relación en el adjunto papel suplicando a VM me haga la onra de verlo; y en su virtud mandarme lo que debe practicar a fin de no perjudicar a las partes interesadas, a quien no es mi animo ni intencion querer grabar en la mas lebe porcion que corresponda, ni tampoco dílatar el curso de despacho del los herederos del dífunto don Domingo de Garay; asegurando á VM que estte administrador fee sugetto mui honrrado, y christiano cuias circunstancias por publicas a los dependientes de la renta en este Reino le califican de buena fee en la dependiencia. Yo ruego á VM encarecidamente que para poder partiír en el asumto, se sirva sacarme de este laberinto, y me mande como puede quanto sea de su maior satisfaccion y agrado; quedando como siempre a la disposizion de VM para servirle a su agrado.

Dios Guarde su vida los muchos años que deso y nezesito.

Zaragoza 10 de agosto de 1756.

Beso Las Manos de Vuestra Merced su mas favorecido seguro y apasionado servidor.

Manuel Rodríguez

Señor don Juan Francisco Ossorio

 

 

Consulta que haze al Señor don Juan Francisco Ossorio contador general por SM de las salinas de España, don Manuel Rodriguez de Moya, conttador de las de el Reino de Aragon; sobre los repartos que le ocurren en la toma de quentas finales de los herederos de don Domingo de Garay, administrador que fue del alfoli de Benasque; mediante la verificazion de las medidas hecha a instancia de don Melchor Quevedo, administrador general de dicha renta a la que asistio judicialmente dicho contador por parte de ella.

Para inteligencia y fundamento de lo que se dira, se ha de tener presente, que las medidas que se establecieron en el alfoli de Benasque para la ventta de sal en el reino de Francia, y tambien lo que debia tener el administrador de Peralta para medir la que se le remitía para su surtimiento, son fanegas de la cavida de treze almudes de este reino (de los quales compone veinte y nuebe la fanega castellana) a cuia regulazion han dado sus quentas asi en cargos, como en dattas de sales, los dos administradores, desde 1º de enero de 1754 que empezo a administrar la renta de quenta de SM hastta despues de la muerte de don Domingo Garay, que a instancia de don Nicolas Macho, administrador de la salina de Peralta se hizo la primera comprovazion en Benasque, y se arreglaron nuebas medidas para ambas admiínistraziones.

Por la referizazion judicial hecha en Zaragoza de la fanega que usaba el administrador de Peralta en aquella salina, para medir la sal que remitia al alfoli de Benasque; consta que además de la cavida que debía tener de los treze almudes referidos, hera larga en cada nuebe fanegas ocho almudes, y en sesenta y tres fanegas medio almud mas de modo que haviendo remitido el administrador de Peralta al de Benasque desde 1 de enero de 1754 hasta que fallecio 27052 fanegas y 4 almudes medida de dichos treze; que añadidas a las 27052 de que dio recivos y se cargo en sus quentas el de Benasque, componen 28918 fanegas y 4 almudes de treze cada una.

Por la referizion hecha igualmente de la fanega que don Domingo Gary tenia en Benasque para recibir la sal que se le conducia consta; que ademas de la cavida de los treze almydes y medio y en llegando a ciento y sesenta fanegas; medio almud mas; subiendo el exceso de esta referizion a 4307 fanegas de treze almudes, en las 27052 de que tiene dado recivos, y se tiene cargado dicho don Domingo Garay; que aumentadas a ellas componen 23359 fanegas de dicha medida; y se encuentra la diferencia de 559 fanegas y 4 almudes de menos, medídas las dichas 27052 con la de Benasque a las que resultan medidas con las mismas de Peralta.

Por la referizion que al mísmo tiempo se hizo a instancia de el contador (porque ella no se pensava) de la media fanega llamada quartal con la que unicamente don Domingo Garay, usaba y media la sal que despachaba en el alfoli de Benasque, que debia tener seis almudes y dedio de cavida, consto y se encontro, que ademas de ellos hera larga en cada cinco medias un almud, y en 200 fanegas medio almud mas, cuio exceso sube a 837 fanegas y 7 almudes de forma, que las 27052 fanegas si se consideran por data medidas con dicha media fanega o quartal, entregó por ella 27.889 fanegas y 7 almudes de treze cada una.

Haviendo llegado el caso de tomar la quenta final a los herederos de dicho garay para legitimidad de los cargos y datas de sales, sin escrupulo ni perjuicio alguno de la Real Hazienda ni de los interesados.

Y respecto de ser este un caso no regular ni sucedido hasta aqui en esta renta, para proceder en la contaduria de Aragon con el mayor conocimiento y formalidad sobre lo expuesto; recurre a la general del cargo del señor don Juan Francisco Osorio para saber si el citado don Domingo, se le han de cargar las 1686 fanegas y 4 almudes que pareze se le remitieron demas en las 27052 de quedio recivos la administración de Peralta, segun la cavida de la fanega con que esta se entregava, o si se le deberan cargar solamente las 1307 que constan del aumento de la fanega que el de Benasque tenia para recibir.

Y asimismo porque regla se debe admitir u considerar la datta , si por los treze almudes que debio entregar y se dato por fanega en sus cuentas, o por la cavida que tenia la medida con que despachava, cuio excesso como se lleba dicho es de 837 fanegas y 7 almudes entregados de mas que en este caso, deberian ser mas datta de la regular por razon de dicho exceso.

Tambien se pone por conducente para lo referido, que siendo regular que el administrador de Peralta le faltase igual cantidad de sal, que la que por su medida le resultaba de mas cargo al de Benasque, se ha verificado por haberle concluido la sal que tenia que solo le han faltado para el igualmente de su cargo y existencia que dejo en fin de diciembre pasado 239 fanegas y 7 celemines de sal medida de Castilla que hazen 654 fanegas y 11 almudes de treze cada un; segun aviso a esta contaduria en 8 de jullio de este año, don Pedro de Juan Gorri fiel de dicha salina de Peralta.

Y finalmente tampoco corresponde a lo referido, la sobra de sal que se ha encontrado a don Domingo de Garay, en la medizion que se ha hecho de la sal que sus herederos han entregado a don Salbador Genzor su subzesor con las medidas arregladas a los 13 almudes; pues consta de los autos que siendo el cargo de sal 6.344 fanegas y 3 almudes, importa la datta 6.4339 fanegas y 4 almudes todas de treze; en que solo se encuentra tener de unas 95 fanegas y 1 almud, siendo asi que debian, ser muchas mas segun lo que procede por la diferencia de la cavída de las medidas que se lleba referída.

Zaragoza 10 de agosto de 1756

[Firmas]

Manuel Rodríguez

 

Muy Señor mio:

Haviendo hecho presente a los señores Directores Generales de Rentas la carta de VM de 10 del corriente y dudas que propone sobre la liquidación de las quentas del difunto don Domingo Garay, han resuelto se fenezcan, aplicando a la Real Hazienda las 95 fanegas y se fenezcan, aplicando a la Real Hazienda las 95 fanegas y 1 almud, que sus herederos han entregado de más, y que el administrador de la salina de Peralta se le abonen las las faltas que por exceso de medida en la sal remitida a Benasque, le hayan resultado en atención á la buena fee con que han procedido estos dos dependientes; lo que entederá VM de oficio por medio del administrador General.

Remito a VM mi afecto, y deseos de servirle con los que ruego a Dios guarde muchos años.

Madrid 21 de agosto de 1756

Fecho

Zaragoza

Señor don Manuel Rodriguez