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 Estudio sobre 44 nucleos abandonados                                                             Diputación General de Aragón

XII.- CONCLUSIONES

 

XII.1.- Conclusiones generales.

 

XII.1.1.- Existen 67 núcleos deshabitados propiedad del Estado, y administrados por la Diputación General de Aragón, de los que 44 en su día fueron pueblos y 23 "pardinas" Los 67 núcleos están ubicados en las comarcas de Sobrarbe, Ribagorza, Serrablo y Jacetania.

 

XII.1.2.- Se ha partido de la premisa de que de los 67 núcleos existían algunos recuperables. Esta hipótesis se verificó que era cierta.

 

XII.1.3.- Se ha considerado que la vuelta al desarrollo de la vida en estos núcleos, no puede hacerse sólo en base a un aprovechamiento tradicional de los recursos. Sin embargo, sí es necesario recuperar las antiguas huertas próximas a los núcleos, tan importantes para la economía familiar en un medio rural de montaña. Por tanto el estudio se ha restringido a los núcleos con infraestructura y a las pequeñas áreas aldeanas en otro tiempo huertas.

 

XII1.4.- La puesta en marcha de proyectos de revitalización no tiene por qué ser incompatible con las finalidades que promovieron la compra de los montes en donde estén ubica dos los núcleos..

 

XII.1.5.- La puesta en marcha de proyectos de revitalización podría ser el primer paso en el logro del necesario desarrollo de unas zonas que están en franco estado regresivo.

 

XII.1.6.- La situación general de no actuación por parte de la Administración en los núcleos deshabitados de

su responsabilidad; el problema actual de despoblamiento en incremento constante de las zonas rurales con especial incidencia en, las de montaña; la presión que en estos momentos distintos grupos de personas ejercen solicitando instalarse en dichos núcleos con fines diversos y la situación mantenida en algún caso desde hace cinco años de ocupación real y continuada de núcleos, aconsejan se tome una decisión al respecto.

 

XII.2.- Conclusiones de metodología y resultados.

 

XII.2.1.- Con arreglo a la metodología del estudio se han clasificado los núcleos en tres categorías atendiendo. a sus posibilidades reales de rehabilitación en función de unos plazos de tiempo:

 

Categoría A. 14 núcleos con posibilidades de recuperación a corto plazo.

Categoría M. 44 núcleos con posibilidades de recuperación a medio plazo

Categoría B.- 9 núcleos con posibilidades de recuperación a largo plazo.

 

XII.3.- Conclusiones de Situación Jurídica actual.

 

XII.3.1.- La casi totalidad de los núcleos deshabitados fue adquirida por compraventa a particulares. Tan sólo en dos casos se produjeron expropiaciones. (Alavés y parte de Solanilla).

 

XII.3.2.- La Administración podrá autorizar la ocupación de los núcleos adquiridos por compraventa sin necesidad de guardar ningún tipo de derecho preferente de los antiguos propietarios, que no existe. En los dos casos de expropiaciones deberá someterse a la legislación vigente sobre expropiación forzosa.

 

XII.4.- Conclusiones de valoración económica de la rehabilitación.

 

XII.4.1.- Valorado el costo de los núcleos recuperables (clase A), se desprende, que sólo 2 disponen de accesos en estado aceptable y que no necesitan de ninguna reparación. En los restantes, el costo de reparación depende fundamental mente de su estado y de su longitud, oscilando entre 270.000 Pts

 

( 1 Km, transitable) y 18.150.000 Ptas (11 Km, todo terreno).

 

XII..4.2.- De los 67 núcleos deshabitados (44 pueblos y 23 pardinas), sólo 2 presentan un estado de conservación de los edificios, tal que, no sería preciso ningún trabajo de reconstrucción. Atendiendo al grupo denominado clase A,13 de ellos precisan de reconstrucción en todas sus edificaciones recuperables, reconstrucciones cuyo costo oscila entre 550.000 Ptas (Sta Mª de Ascaso, 1 vivienda) y 8.800.000 Ptas (Burgase, 8 viviendas).

 

XII.4.3.- Además del costo de reconstrucción, se valoran los costos de mejora de habitabilidad, traída de aguas alcantarillado y equipamientos, cuyos importes están entre los siguientes extremos.

- Mejora de habitabilidad, costos entre 450.000 Ptas (Pardinas y Solanilla, 1 vivienda) y 5.400.000 Ptas (Sasé, 12 viviendas).

 

- Traida de aguas, costo entre 215.000 Ptas (Sta mª Ascaso) y 2.200.000 Ptas (Burgasé).

 

- Alcantarillado, costo entre 175.000 Ptas (Pardinas y 2.180.000 Ptas (Sasé).

 

XII.4.4.- Para los núcleos con capacidad para cuatro o más viviendas, cinco en total, se precisa la reconstrucción de un edificio para uso múltiple: escuela, consulta médica, reunión, etc. El costo tipo de esta reconstrucción asciende a 3.000.000 de pesetas.

 

XII.4.5.- El importe total. por despoblado de todas las mejoras mencionadas resulta muy variable, siendo factor determinante e n la mayoría de los casos, el número de edificios recuperables, como en Sasé (12 viv.) y Burgase (8 viv.) cuyos costos se elevan a 25.990.000 y 25.020.000 Ptas respectivamente.

 

En otros casos como Letosa (11 Km pista todo terreno) y Pardina de Bail (8,5 Km transitable), cuyos costes totales de recuperación, se elevan a 26.730.000 Ptas y 7.015.000 respectivamente, el acceso influye decisivamente en la elevación del costo. No, obstante y en estos dos últimos casos, el .alto coste tiene como contrapartida su optima situación estratégica con vistas a su posible explotación turística.

 

XII.4.6.- Se propone que la financiación total de los accesos sea con cargo a los presupuestos generales de la D.G.A. en atención a que el servicio que prestan es múltiple forestal, vigilancia, incendios y el propio acceso a los núcleos.

 

Las reconstrucciones de vivienda, traída de aguas, alcantarillado y equipamientos, pueden acogerse a las líneas de subvenciones a fondo perdido, que para este tipo de obras tiene establecidas la D.G.A. a través de sus Departamentos correspondientes además de a las que pudieran acogerse de otros Organismos.

 

XII.5.- Conclusiones de valoración social.

 

XII.5.1.- Existe una gran variedad de alternativas posibles que hacían viables los objetivos de desarrollo de las áreas en las que se ubique. Su implantación tendía una incidencia social positiva.

 

XII.6.- Conclusiones de selección y adjudicación.

 

XII.6.1.- Frente a la diversidad de solicitudes deberán primarse las presentadas por grupos frente a las de particulares. De esa forma se potenciará la consecución de uno de los fines de la revitalización de estas zonas: repoblación social.

 

XII.6.2.- Para conceder la autorización de ocupación de un núcleo, la Administración exigirá a los solicitantes un proyecto de revitalización con especificación, al menos, de intenciones y necesidades. Como requisito indispensable, los grupos deberán estar constituidos con personalidad jurídica propia diferente de la de sus componentes.

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